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Preguntas

¿Quién es elegible para el Fondo de Recuperación?

Cualquier cliente presente en la localidad de Wal-Mart de Valley Stream en la mañana del día 28 de noviembre de 2008, entre las 2:30 a.m. y las 6:00 a.m., que haya sido lesionado o haya sufrido daños en sus pertenencias como resultado de los eventos de las grandes multitudes ocurridos en dicha mañana, podrá ser elegible para recibir pagos por pérdidas desembolsadas (es decir, desembolsos monetarios no recuperados) u otros daños.

(Para más información vea el Acuerdo de No Inicio de Acción Legal (el "Acuerdo"), párrafos 10, 13.c)

¿Qué tipos de compensación están disponibles?

Si su reclamo es presentado a tiempo y aprobado, podrá ser elegible para alguna de las siguientes:

a. Pérdidas "desembolsadas": Usted podrá ser compensado por pérdidas "desembolsadas" en caso de que haya tenido gastos no recuperados o pérdidas económicas reales incurridos como resultado de los eventos de las grandes multitudes ocurridos en la localidad de Wal-Mart de Valley Stream el día 28 de noviembre de 2008.  Éstas incluyen gastos médicos, salarios perdidos y el costo de reparación o reemplazo de pertenencias dañadas.  Si usted tiene un gasto o pérdida relacionado con su reclamo y no está seguro si el mismo califica como pérdida "desembolsada", favor de llamar al 516.870.2813.

b. Compensación por Lesiones: Usted podrá ser compensado por lesiones, incluyendo dolor y sufrimiento, como resultado directo de los eventos de las grandes multitudes ocurridos en la localidad de Wal-Mart de Valley Stream el día 28 de noviembre de 2008.

Favor de notar que los honorarios de abogados, costos y gastos legales no serán pagados por el Fondo de Recuperación.

(Para más información vea el Acuerdo, párrafo 10)

¿Cómo puedo iniciar un reclamo?

Usted deberá presentar una declaración jurada completa, firmada y notarizada, junto con documentación que soporte sus pérdidas, al Representante de Reclamos de la Oficina del Fiscal del Condado de Nassau.  Todos los reclamos deben ser recibidos a más tardar el 20 de junio de 2009.  Usted podrá completar y presentar su reclamo de tres maneras:


a.Por Correo:

Usted podrá imprimir la Declaración Jurada de Solicitante en el sitio de Internet de la Oficina del Fiscal del Condado de Nassau (www.nassauda.org o www.ncdarecoveryfund.com) y enviarla por correo ebidamente completada, firmada y notarizada, junto con la documentación requerida, al siguiente domicilio:

Kathryn Roberts
Represente de Reclamos
Oficina del Fiscal del Condado de Nassau
272 Old Country Road
Mineola, New York 11501

b. Sin Cita Previa:

El Representante de Reclamos de la NCDA estará disponible para procesar reclamos entre las 10:00a.m. y las 3:00p.m. de lunes a viernes.  Usted también podrá presentar sus reclamos en las noches y fines de semana mediante previa cita.

c. Por Cita (noches y fines de semana):

Horas:
Lunes-Viernes:5:00 p.m.-9:00 p.m.
Sábado:10:00 a.m.-3:00 p.m.

Número telefónico:  llamar a Kathryn Roberts al 516.870.2813 para hacer una cita en la noche durante la semana o en fin de semana.

Correo electrónico: usted podrá hacer una cita vía correo electrónico a la dirección recoveryfund@nassauda.org.

(Para más información vea el Acuerdo, párrafos 13, 14.b, 14.c)

¿Puedo iniciar un reclamo en representación de un hijo?

Sí.  Si desea presentar un reclamo en representación de su hijo favor de contactar al Representante de Reclamos para mayores detalles.

¿Puedo iniciar un reclamo por otra persona?

Usted podrá iniciar un reclamo en representación de otra persona si el verdadero solicitante ha completado personalmente la Declaración Jurada de Solicitante y la misma ha sido notarizada.  En caso de tener preguntas adicionales durante el proceso del reclamo, el Representante de Reclamos deberá poder tener contacto telefónico con el verdadero solicitante.  A fin de poder recibir cualquier pago del Fondo de Recuperación, el verdadero solicitante deberá firmar y notarizar también la Liberación General. 

¿Debo ser residente o ciudadano para poder iniciar un reclamo?

No.  El único requisito para iniciar un reclamo es haber estado presente en la localidad de Wal-Mart de Valley Stream en la mañana del día 28 de noviembre de 2008, entre las 2:30 a.m. y las 6:00 a.m. y, como resultado de los eventos de las grandes multitudes ocurridos en dicha mañana, haber sido lesionado o haber sufrido daños en sus pertenencias.  No se preguntará si usted es documentado o indocumentado para poder iniciar un reclamo.

¿Qué sucede si no puedo imprimir los formularios?

La Oficina del Fiscal del Condado de Nassau tendrá copias de todos los formularios necesarios que usted podrá obtener durante horas de oficina (lunes a viernes de 10:00 a.m. a 3:00 p.m.), o usted podrá hacer una cita para obtenerlos por las noches (lunes a viernes de 5:00 p.m. a 9:00 p.m.) o en sábados (de 10:00 a.m. a 3:00 p.m.).

¿Qué sucede si necesito ayuda para completar la documentación?

La Oficina del Fiscal del Condado de Nassau podrá asistirlo para completar la documentación.  Las horas de oficina son las siguientes:

Lunes-Viernes:10:00 a.m.-3:00 p.m.

Noches y sábados mediante cita previa:

Lunes-Viernes:5:00 p.m.-9:00 p.m.
Sábado:10:00 a.m.-3:00 p.m.

Llamar a Kathryn Roberts al 516.870.2813 para hacer una cita en la noche durante la semana o en fin de semana, o usted podrá hacer una cita vía correo electrónico a la dirección: recoveryfund@nassauda.org.

¿Qué sucede si no hablo inglés?

Traductores al español estarán disponibles en todo momento en la Oficina del Fiscal del Condado de Nassau para asistir a solicitantes que hablen español.  Para cualquier otro idioma, favor de llamar y hacer una cita a fin de que la Oficina del Fiscal pueda tener un traductor presente.  Para hacer una cita, favor de llamar al Represente de Reclamos de la Oficina del Fiscal, Kathryn Roberts, al 516.870.2813 a fin de hacer citas por las noches durante la semana o en fines de semana.  También podrá hacer una cita vía correo electrónico a la dirección: recoveryfund@nassauda.org

¿Qué sucede si no tengo acceso a un notario?

Si usted no tiene acceso a un notario, traiga sus formularios y una identificación con fotografía a la Oficina del Fiscal del Condado de Nassau y nosotros notarizaremos toda la documentación sin costo alguno. 

Favor de tomar en consideración que si los formularios son notarizados en el extranjero, será necesario adjuntar un certificado consular a cada documento notarizado.

¿Qué sucede si no presento mi reclamo a más tardar el 20 de junio de 2009?

Para procesar los reclamos, éstos deberán ser recibidos a más tardar el 20 de junio de 2009.  Cualquier reclamo recibido después del 20 de junio de 2009 no será procesado y usted no será elegible para COMPENSACIÓN ALGUNA.

(Para más información vea el Acuerdo, párrafo 14.c.)

¿Qué sucede si no me satisface el pago que se me ofrezca?

Si no está satisfecho con el pago que se le ofrezca, usted podrá rechazarlo.  El proceso del Fondo de Recuperación es una alternativa completamente voluntaria al proceso legal, y pretende ser una alternativa rápida y económica al riesgo significativo, costos y duración inherentes a un proceso legal.  Si decide aceptar cualquier pago del Fondo de Recuperación, usted deberá firmar una Liberación General.  Sin embargo, a ningún solicitante se le pedirá firmar dicha Liberación General hasta que se le notifique la cantidad que se le pagará.  Si no está satisfecho con el pago propuesto, usted podrá iniciar su reclamo ante un tribunal, tal y como lo haría si el Fondo de Recuperación no existiera.  No habrá ninguna pena o sanción por decidir no procesar su reclamo a través del Fondo de Recuperación. 

(Para más información vea el Acuerdo, párrafo 12)

¿Necesito contratar a un abogado para procesar mi reclamo?

Su reclamo puede ser procesado con o sin abogado.  Sin embargo, los honorarios y gastos de abogado no serán pagados por el Fondo de Recuperación

(Para más información vea el Acuerdo, párrafo 10)

¿Cuándo recibiré el pago?

Si usted es elegible para un pago, está de acuerdo con el mismo y firma una Liberación General, su pago le será enviado aproximadamente dos semanas después de que el Representante de Reclamos reciba la Liberación General firmada y notarizada.

¿Quién tendrá acceso a la Declaración Jurada de Solicitante y documentación de soporte que presente?

Toda la información y documentación presentada será tratada como confidencial y únicamente con el propósito de resolver su reclamo, y no será compartida con terceras personas. Solamente la Oficina del Fiscal del Condado de Nassau y Wal-Mart tendrán acceso a la documentación, a menos que un tribunal ordene que dicha documentación sea liberada a una tercera persona.

(Para más información vea el Acuerdo, párrafos 14.e, 17)

En caso que mi reclamo sea rechazado, ¿qué más puedo hacer?

Si su reclamo no es presentado a tiempo o es rechazado, usted podrá iniciar libremente una acción legal ante un tribunal.